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CRECENEA LITORAL / CODESUL PROTOCOLO Nº 23
EL GOBIERNO DE LA
REPUBLICA ARGENTINA Considerando : El objetivo del Programa de Integración y Cooperación Económica, entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil de que los permanente vínculos de amistad y cooperación evolución hacia una integración que consolide la voluntad de crecer juntos. La necesidad de propiciar, en el contexto de la instrumentación del Programa de Integración Económica, condiciones para el desarrollo integrado de la región de fronteras entre Argentina y Brasil, mediante la participación mas activa de esta región, en el establecimiento realista, gradual y equilibrado del espacio económico ampliado que deberá resultar de la integración entre ambos países. El hecho de que la frontera entre ambos países es una de las áreas donde se integran las fuerzas sociales y económicas, las que adecuadamente coordinadas pueden optimizar la utilización de recursos y favorecer el desarrollo de ambos países. La circunstancia que la región conformada, en la Argentina por las Provincias de Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe, que integran la Comisión Nacional de Comercio Exterior del NEA Litoral (CRECENEA-LITORAL) y, en el Brasil por los Estados de Paraná, Río Grande Do Sul y Santa Catarina, que constituyen el CODESUL / FORUM SUL, es una de las protagonistas indispensables para llevar adelante una efectiva integración entre los dos países. Deciden: 1. ACORDAR que, en el Marco del Programa de Integración y Cooperación Económica entre la República Argentina y la República Federativa de Brasil, el desarrollo integrado y equilibrado de la región de frontera y su zona de influencia constituye uno de los objetivos principales. 2. CREAR un Grupo de Trabajo Permanente, en el ámbito de la Comisión de Ejecución del Programa de Integración y Cooperación Económica, constituido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y las provincias integrantes de la Comisión Regional de Comercio Exterior del NEA/LITORAL; y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Federativa de Brasil y los Estados integrantes del CODESUL / FORUM SUL. La coordinación ejecutiva del Grupo de Trabajo Permanente corresponderá, conjuntamente al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Federativa del Brasil. 3. DETERMINAR que el Grupo de Trabajo tendrá como atribución principal la identificación de acciones a desarrollar por ambos países. 4. ESTABLECER que para ello, el Grupo de Trabajo Permanente tendrá en cuenta los aspectos comunes los ámbitos cultural, educativo, técnico científico, turístico, de transporte y empresarial que permitan facilitar el desarrollo integrado de la región. Además procurara:
5. DETERMINAR que, una vez identificadas las iniciativas conjuntas a que hacen referencia los numerales 3 y 4 de este Protocolo, el Grupo de Trabajo elevará semestralmente las propuestas acordadas a la consideración de la Comisión de Ejecución del Programa. 6. CREAR Comités de Fronteras, inicialmente en las ciudades de Puerto Iguazú-Foz de Iguazú, Paso de los Libres-Uruguayana, con el propósito de integrar y desarrollar las localidades vecinas de ambos países. 7. ESTABLECER que los Comités de Fronteras serán presididos por las autoridades consulares de ambos países con sede en las ciudades fronterizas e integrados por representantes del sector público, pudiéndose invitar al sector privado en carácter de observador. 8. ESTABLECER que las funciones de los Comités de Fronteras serán: -Proponer soluciones a los problemas operativos fronterizos, a través de una mayor coordinación de acciones que tiendan a facilitar la circulación de personas, mercaderías y vehículos. -Promover el desarrollo económico, comercial, cultural, educativo, turístico, científico y deportivo. 9. DETERMINAR que las propuestas elaboradas por los Comités de Fronteras serán elevadas a la consideración del Grupo de Trabajo mencionado en el artículo 2. Buenos Aires, 29 de noviembre de 1988 *Observación: (Se incorpora, como miembro pleno, al CODESUL FORUM SUL, el Estado de Mato Grosso do Sul)
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Integración
Suprarregional - CRECENEA LITORAL/CODESUL
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