"RESOLUCIÓN Nº 162 D. I. P. J."
(Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de
ER)
en
Las Cuestiones Críticas
Organización y Participación Comunitaria
- Legislación y Normas
de aplicación -
de la Región Centro
de la Argentina
|
DOCUMENTO
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Versión
Completa |
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R03
Título Completo del Documento
RESOLUCIÓN Nº
162 D.
I. P. J. (Dirección de Inspección de Personas Jurídicas
de ER) |
Fecha de creación o
modificación del Documento
(Fecha de la información
que se brinda)
Autor/a
///Entidad Autora
| Nombre Entidad Autora |
Dirección de Inspección de Personas Jurídicas
de Entre Ríos |
| Profesión/Especialidad |
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| Actividades Principales |
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| Antecedentes
personales |
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| Portal BIOCEÁNICO |
|
Portal BIOCEÁNICO |
RESOLUCIÓN Nº
162 D.
I. P. J./77
Dirección de Inspección de Personas Jurídicas
Res. N° l62 DIPJ
Aprobando y poniendo en vigencia los formularios de requisitos para promoción de trámites
Paraná,24 de Agosto de 1977
VISTO
La necesidad de establecer exigencias claras y precisas en cuanto a los trámites de solicitud de conformidad administrativa, de personería jurídica y de aprobación de reformas de estatutos, tanto de sociedades comercia1es como de asociaciones civiles y fundaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que la División Despacho y Mesa de Entradas ha proyectado tales formularios conteniendo los requisitos indispensables para la iniciación de los trámites de conformidad administrativa, personería jurídica y de aprobación de reformas de estatutos de entidades comerciales y civi1es;
Que, por ello, y ajustándose los mismos a las disposiciones legales y de procedimiento vigentes corresponde prestar su aprobación y disponer su vigencia;
Por tanto, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 4° ap. 4.1 y 7° de la ley Nº 5113/72 y 1º del Decreto Reglamentario N° 957/72
MGJ.
El Director de la Dirección de Inspección de Personas jurídicas
RESUELVE:
art. 1º - aprobar y poner en vigencia los formularios de requisitos para la promoción de los trámites de conformidad administrativa, personería jurídica y de aprobación de reformas de estatutos de sociedades comerciales y civiles y fundaciones, que se tendrán como formando parte de la presente como anexos I, II, III y IV.
Art. 2º- Registrar, notificar y archivar.
Ferreyra
ANEXO III
Asociaciones Civiles y Fundaciones: Personería Jurídica
1 - Nota de presentación que deberá contener: a) El nombre de quien o quienes se presenten, el carácter en que lo efectúan y su domicilio real; b) Domicilio especial que deberá ser constituido dentro del radio de la ciudad de Paraná; c)El pedido de otorgamiento de la personería jurídica y de la autorización para funcionar como tal; d) Detalle de la documentación que se adjunta.
2 - Testimonio original del acto constitutivo de la entidad el que deberá contener el nombre y apellido sin abreviaturas, domicilio y número de documento de identidad de los constituyentes.
3 - Testimonio originad del acta de asamblea donde se eligieron las autoridades sociales. En caso de que la elección no fuera por cargo testimonio original del acta de Comisión Directiva donde éstos se distribuyeron.
4 -Testimonio original del acta de asamblea donde se aprobaron los estatutos sociales, se resolvió tramitar la personería jurídica y se designó a las personas autorizadas a realizar el trámite y a aceptar las modificaciones de forma que pueda proponer la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas.
5 - Testimonio original, por separado, de los estatutos sociales aprobados por asamblea y ajustados a la Resolución 120/76 DIPJ.
6- Nómina de miembros titulares y suplentes que componen la Comisión Directiva y la Comisión Revisora de Cuentas (Nombre y apellido sin abreviaturas, domicilio y número de documento de identidad)
7 - Nómina completa de asociados con indicación de categorías y sus datos personales (Nombre y apellido sin abreviatura, domicilio y número de documento de identidad).
8 - Estados Contables certificados por contador público, visados por Consejo Profesional de Ciencias Económicas y firmado por Presidente y Secretario.
9 - La documentación se presentará únicamente en original en papel de veinticinco líneas o de igual formato, escrito a máquina de ambos lados en forma legible, sin errores ni enmiendas no salvadas y firmada al pie por Presidente y Secretario certificadas las firmas por escribano.
10 - Observar lo dispuesto por el Art. 13º Dec. 957/72 MGJ.
ANEXO IV
Asociaciones Civiles y Fundaciones: Reforma Estatutaria
1 - Nota de presentación en la que se deberá solicitar la aprobación de la reforma estatuaria, constituir domicilio y detallar la documentación que se adjunta.
2 - Testimonio original de acta de asamblea que aprobó la reforma, indicando el número de asistentes, total de socios con derecho a voto y cantidad de votos con que fueron aprobados los puntos del orden del día, especificando si hubo abstenciones.
3 -Texto íntegro, por separado, del Estatuto Social con las reformas introducidas ya incorporadas.
4 - Acta de asamblea en que fueron elegidas las autoridades con mandato vigente al momento en que se aprobó la reforma.
5 - Nómina de la Comisión Directiva elegida en la asamblea que se menciona en el punto anterior, con indicación de datos personales (Nombre y apellido, domicilio, número de documento de identidad).
6 - Circular por la que se comunicó la convocatoria a los asociados para la asamblea que trató la reforma.
7 - Observar lo dispuesto por el Art. 13º del Dec. N° 957/72 MGJ.
8 - La documentación deberá presentarse en original únicamente en papel de veinticinco líneas o de igual formato, escrito a máquina de ambos lados sin errores ni enmiendas no salvadas, firmada al pie por el Presidente y Secretario y certificadas las firmas por Escribano.
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