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 "LA RELACIÓN COMUNIDAD Y ESTADO - REFORMA CONSTITUCIONAL"

Constitución y Legislación 
de Política, Gobierno y  Administración Pública 


de la Región Centro de la Argentina

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RC01
Título Completo del Documento  

   LA RELACIÓN COMUNIDAD Y ESTADO – REFORMA CONSTITUCIONAL

Fecha de creación o modificación del Documento 
(Fecha de la información que se brinda)

Publicación en PortalBioceanico: 26 de octubre de 2001  
Del Documento: 
abril de 1997

Autor/a ///Entidad Autora

Nombre Autor Dr. Jorge Antonio Cuesta
Profesión/Especialidad Abogado - Especialista en Administración Pública
Actividades Principales  
Antecedentes personales  

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LA RELACIÓN COMUNIDAD Y ESTADO – REFORMA CONSTITUCIONAL

por: Dr. Jorge Antonio Cuesta

Fuertes  presiones de cambio y adaptación hacen hoy necesario reanalizar las instituciones políticas y en su caso, adecuarlas a nuevas exigencias.-

Los problemas sociales deben alcanzar respuesta en sus dirigentes y solo cumplirán su cometido aquellos que como espejo, reflejen en sus hechos una respuesta posible a los requerimientos y necesidades de la población.-

La dinámica social imperante plantea fenómenos que se presentan para las mayorías como impronta para las que no han pensado adaptación o adecuación. Tales los temas vinculados a reformulación del Estado, traslado de funciones de la organización Estatal Nacional hacia las jurisdicciones provinciales ; de éstas a las Municipales y paralelamente los de integración y regionalización.-

La profundización del proceso democrático debe necesariamente ser base para el acercamiento cada vez más creciente del ciudadano a los ámbitos de poder y en consecuencia, sustento para las decisiones que interesan.-

Esta realidad política que consiste en el  desplazamiento directo o indirecto del poder institucional, plantea una oportunidad potencial de excepción para hacer que se deriven posiciones ventajosas hacia las entidades locales  -Municipios-  y en consecuencia, originar mejores condiciones de vida desde éstos núcleos primarios de organización comunitaria.-

El proceso histórico de los Municipios Entrerrianos se generó en la configuración de una organización de carácter casi privada para atender asuntos domésticos en las primeras villas o poblados. No obstante, se gestó en su seno la necesidad de integración, primero regional y luego nacional. Fue así ámbito de resolución de  problemas tanto locales  o domésticos como regionales.-

En la etapa de organización nacional y definida ésta, los gobiernos locales se ven replegados hacia la problemática doméstica y solo esporádicamente se visualizan como integrantes de una Provincia o del todo Nacional.-

Hoy la redefinición del Estado Nacional producida por la reforma Constitucional de 1994 ; las políticas de integración, así como el denominado orden económico de globalización, traen a cada localidad nuevos problemas pero también nuevas perspectivas.-

Las perspectivas inmediatas y mediatas pueden ser analizadas desde lo individual de cada localidad, pero nunca sin considerar el marco regional y nacional.-

Esto es así en razón de que los problemas de las comunidades primarias  - Municipios  - no solo obtienen solución en la propia comunidad, sino que en grado cada vez  más creciente, requieren soluciones que exceden su propio marco decisorio.-

Esas soluciones solo pueden buscarse en la integración de las comunidades en si mismas y estructurando un montaje eslabonado de gobiernos locales capaces de buscar la resolución de los problemas que exceden cada uno. Se llegará de ésta forma a la solución asociada o en su caso requiriendo solución a la organización superior de la estructura estatal  - Provincia o Nación -.

En las últimas décadas, las circunstancias objetivas no muy lejanas de aislamiento y localismo de los centros poblados, han desaparecido abruptamente.-

El ciudadano actual ve incrementadas y diversificadas sus relaciones y contactos con otras localidades, esto agudiza los conflictos y peligrosamente puede hacer pensar en la salida individual o por el contrario, unir en búsqueda de solución compartida a los problemas comunes.-

Este panorama muestra un escenario diferente pero semejante en esencia al que viviera nuestra historia en la etapa que va desde las luchas por la independencia hasta la definición de la organización nacional.-

En toda institución pública o privada, la adaptación constituye un proceso de supervivencia y bien aprovechado, debe resultar de superación.-

La reforma, diseño y propuesta de organización del Estado Provincial y Municipal y sus relaciones con la comunidad, aparece hoy y desde la reforma nacional más aún, como prioritaria e imprescindible para definir el modelo político futuro.-

Cualquier propuesta en éste sentido debe contener el equilibrio buscado y expresar al Estado como el órgano de la sociedad en su conjunto. A la comunidad como el cuerpo libre y activo que el Estado debe estimular e interpretar.-

Las influencias, tanto externas como internas sectoriales, hacen indispensable fortalecer la relación Estado-Comunidad que parece hemos perdido en las últimas décadas.-

Tenemos un Estado poco eficiente, grande pero no fuerte y una Comunidad conflictuada y propensa a su sectorización y fractura.-

Estado, etimológicamente refiere a una manera o forma de ser ¨más o menos estable¨.-

Estado, políticamente indica por igual al conjunto de servicios ; a la administración propiamente dicha y a la sociedad organizada con un gobierno

Predomina hoy una marcada teoría antiestatal, razón por la que resulta necesario tener presente la evolución que desde el Primer Gobierno Patrio se ha dado sobre la relación Estado-Comunidad.-

Hoy la abolición o destrucción del Estado  -ideal del pensamiento individualista y anarquísta- ; en forma atenuada y sin tomar éste planteo, se sustenta en forma indirecta al sostener su existencia necesaria sobre una base marcadamente peyorativa en la que aparece el Estado, al menos como ¨mal necesario¨.-

Se desconoce de ésta forma la importancia de la Comunidad en la propuesta del orden social y modo de vida deseado.-

Desde el origen mismo de la organización nacional se ha planteado el problema de la debilidad o falta de poder efectivo de la Comunidad frente al aplastante poder de las organizaciones superiores del Estado que monopolizan las decisiones trascendentes para la sociedad.-

En nuestro país, la lucha de los caudillos contra el poder central no es otra cosa que el intento de las pequeñas comunidades por fortalecer una red de vínculos que les permitiera afirmarse y lograr el modelo de organización deseado por aquellas mayorías.-

Organizado el Estado Nacional en forma distinta, los polos o ejes de articulación política contra el modelo triunfante se vuelven a expresar con Irigoyen y Perón, enfrentando el monopolio del poder al servicio de algún sector dominante  y no de la comunidad total.-

Hoy, aún en el plano supranacional, los grupos de poder han desvanecido el poder estatal y limitan el accionar de éste a la producción de las políticas que ellos diseñan.-

Sustituyen así la autoridad de la organización Estatal, aún cuando conservan la estructura como indispensable para el mantenimiento del orden institucional y social.-

Es éste el esquema ideológico que plantea al Estado con reservas operativas, limitando su accionar a los problemas de salud, educación y seguridad, omitiendo deliberadamente la función de igual rango que el Estado moderno de asumir como es el problema social derivado del trabajo, empleo y distribución de la riqueza que la sociedad toda produce.-

En suma, los grupos de poder no aparecen como rivales del poder legal, sino que se han convertido en sus sustituyentes reales.-

Así, según las comunidades sean débiles o fuertes, actúan los grupos de poder.-

En el primer caso,  -comunidades débiles-  los grupos transforman a los aparatos privados en verdaderos señoríos feudales  (las decisiones les pertenecen y lo social se subordina a lo individual o sectorial) ; se apropian o redistribuyen entre ellos el  ¨poder¨ otrora unificado en el Estado.-

Si la situación es la segunda  -comunidades fuertes-  , en países como el nuestro actúan penetrando los anticuerpos de los actores sociales  -partidos políticos-  , cercenando sus incumbencias o funciones estatales de poder.-

Así, crean poderes compensadores que ante la relativa autonomía del Estado, permiten descompensar el poder de la comunidad, conflictuando la relación  comunidad-partidos políticos.-

En esencia,   la relación representante-representado se reciente y en ocasiones  quiebra.-

Esta realidad plantea una doble necesidad ; por un lado ayudar al sinceramiento y la efectividad de la acción política y por otro abrir en forma efectiva los canales de participación de la comunidad, ambas desde la norma constitucional.-

El cumplimiento estricto de la propuesta política y la presencia permanente y directa de la comunidad en las decisiones trascendentes, permitirán que el cuerpo social en su conjunto, diseñe y haga efectivos sus objetivos superiores, compensando con su fuerza  la de los sectores de poder.-

Debe en consecuencia cualquier propuesta de reforma de la organización de Estado Provincial tanto como Municipal, poner especial consideración en las propuestas de efectivo cumplimiento del mandato político, determinando sanciones para su incumplimiento, pero también protegiendo el accionar político de sus representantes creando formas operativas  -no programáticas- de participación directa o semidirecta de la comunidad.-

En la reforma que se proponga sobre el Estado Provincial y Municipal, cabe partir de considerar que los Municipios no son residuos territoriales o funcionales, por le contrario, son autónomos por naturaleza política en tanto instituciones naturales con base en la participación ciudadana y estandarte histórico de la descentralización política y administrativa del Estado global.-

Las nuevas Constituciones Provinciales, salvo excepciones minoritarias, han admitido la autonomía Municipal.-

Eligen los Municipios sus propias autoridades ; dictan -en su mayoría los más grandes- sus propias orgánicas  (verdaderas Constituciones locales de 3er. Grado) y tienen, en razón de que no hay poder sin recursos, claramente formuladas sus potestades tributarias específicas.-

Debe el Municipio dotado de éstas cualidades, servir para sostener el sistema democrático participativo y produciendo la integración real, ayudar al desarrollo social y económico local y regional.-

Para fortalecer el sistema democrático deberá en consecuencia incentivarse la participación y para ayudar al crecimiento social, evitar la insularización, propiciando la integración en todas sus formas y ámbitos  (barrio - ciudad  - zona  - región  - nación).-

El poder de los sectores dominantes intenta en forma permanente operar y concentrarse en la estructura superior  -Estado Nacional-  y desde ella generalmente no ha propiciado, sino mas bien dificultado el desenvolvimiento de la comunidad y su desarrollo político.-

La base del sistema democrático debe hoy buscar sustento no solo en el sistema representativo, sino también y con mayor efectividad, en la necesidad de profundizar la relación directa entre ciudadanos iguales para autogobernarse  (esencia democrática)  con la menor intervención de estructuras que generalmente obstan al ejercicio efectivo de la relación.-

Por último, debe en éste caso también facilitarse desde la norma Constitucional la efectiva integración de las comunidades   ¨en si mismas¨  y de ellas   ¨entre sí¨.-

Despreocupación por la cosa  pública.-

El bajo nivel de la actuación política ; partidaria, sindical o social de cualquier tipo, es muestra de que la cultura del momento tiende a potenciar el individualismo en desmedro del interés común o superior.-

No obstante, los intereses superiores que los problemas comunes mueven, hacen pensar en una base potencial apreciable para sostener ámbitos de participación y ayudar de ésta forma a su crecimiento apoyándose en la concreción de hechos objetivos.-

No se puede permitir que alguien aproveche la cultura aparentemente predominante. Por el contrario, se debe dificultar su crecimiento, favoreciendo la organización ciudadana que no puede verse como adversa de la administración, sino como su soporte y herramienta más idónea.-

Si la participación se reduce solo al voto, los ciudadanos pasan a ser meros espectadores  -en el peor de los casos indiferentes- , profundizando el desencanto e insatisfación.-

Comunidad -  Participación  -  Integración.-

No es suficiente el ejercicio democrático únicamente canalizado en la representación, sino que además es indispensable un ejercicio democrático participativo de la comunidad, única forma de hacer posible una sociedad solidaria que ponga valla y evite los peligros de un casi feudalismo accionado por los señoríos económicos.-

Si los medios de participación no son efectivos, se llega a igual resultado.-

Pero, para que exista participación, deben darse dos condiciones :

1.- Decisión política democrática.  Es decir, si se llega a pensar que se tiene más poder político organizando mejor y no si se decide más, habremos logrado la decisión de transformar la sociedad articulando un nuevo sistema de relaciones operativas en el ejercicio del poder, intentando el desarrollo de una estructura sociopolítica con la máxima base de sustentación y profundizando la relación entre ciudadanos iguales.-

2.- La existencia de una organización ciudadana articulada  -Comunidad-  que canalice sus inquietudes y requerimientos tanto como su actividad  (participación tanto en la decisión de políticas como en su ejecución).-

Puede entenderse a la comunidad como el conjunto de relaciones que cohesionadas forman organizaciones sociales distintas al Estado, organizaciones que en ocasiones actúan en forma independiente, en otras colaboran con el Estado y en otras pueden enfrentar posiciones con él.-

Sus mecanismos de formación se dan cuando los ciudadanos, configurando un bloque de poder alternativo se unen sobre la base de idénticos propósitos desde diferentes sectores, superando en función de la unidad, las posiciones encontradas que naturalmente emergen de los intereses particulares o sectoriales.-

Muchas veces las personas se definirán en términos de una combinación de diversas pertenencias sociales (su familia, su gremio, su barrio, su sector económico, etc.).-

Debe estructurarse desde la norma Constitucional un orden jurídico básico que permita consolidar la participación ciudadana en el ejercicio del poder democrático, decidiendo y siendo parte en la ejecución de las decisiones.-

Los intereses sociales comunes y superiores, tanto en el Municipio como en la Provincia o la Nación, tendrán así el poder suficiente para su concreción, alcanzarán su propia organización, se integrarán y eludirán de ésta forma el peligro del individualismo deshumanizado.-

El camino parece estar en la integración.-

Integrarse significa que cada uno de los argentinos sienta la comunidad como propia, viviendo en la libre convicción de que no hay diferencia entre nuestros principios individuales superiores y los del grupo o del conjunto.-

El carácter de organizada alude precisamente al equilibrio entre el individuo y la comunidad. Esta armonía que se logra en base a los más altos intereses del espíritu humano, justifica y da existencia a la comunidad.-

Debe buscarse en consecuencia, un factor aglutinante que permita la organización y ese factor, fuerza poderosa de cohesión, debe ser la solidaridad social expresada tras los objetivos comunes de justicia social, entendida ésta como fuente de conciliación entre lo económico y lo social.-

Para que una comunidad esté organizada, debe en primer término integrarse y la integración solo es posible en todos los órdenes. Solo la integración política tras objetivos comunes, dará seguridad a la integración en las metas sociales, económicas, científico tecnológicas y ambientales.-

Debemos propiciar la unión desde la vecindad geográfica en la ciudad y desde ella hacia la provincia, la nación, la región, el continente.-

No se puede aspirar al solo equilibrio económico, ni exclusivamente social, ni excluyentemente político. Se deben armonizar los valores materiales con los valores espirituales y los derechos del individuo con los de la sociedad.-

Solo la integración así entendida permitirá mantener una real identidad y autonomía, decidiendo a que se renuncia, que se admite, que se resigna y también que se sostiene y defiende en aras del interés común.-

Desde la más pequeña comunidad hasta en las más grandes, solo el objetivo común sentado en la absoluta reciprocidad y unidad de propósitos permitirá la defensa de los intereses también comunes.-

En consecuencia, en forma prioritaria debe reconocerse a las comunidades desde la norma Constitucional  -norma de mayor jerarquía-  la capacidad de auto organizarse sobre la base de asegurar, además de la forma representativa, republicana y federal la participación orgánica, funcional y coadyuvante de la ciudadanía como considere más conveniente para arraigar en si misma el conocimiento, manejo e injerencia en los intereses públicos.-

En la organización Municipal actual, mostrando ésta necesidad aparecen por un lado y  como centros de articulación territorial de participación, las asociaciones de vecinos que tienen sustento básico en su carácter reivindicativo al que debe dotarse de funciones consultivas, decisorias y ejecutivas que hagan efectiva también la descentralización administrativa.-

Por otro lado y como articulación política, aparecen hoy con rango constitucional (Constitución Nacional y Constituciones Provinciales reformadas), figuras político-institucionales como el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa, etc., todos institutos que cada comunidad deberá ponderar y en su caso admitir como útil a su realidad.-

Concluyendo, cualquier propuesta de adecuación sobre el Estado Provincial y Municipal, debe contener los principios enunciados de democracia moderna,dando de ésta forma y mediante normas dispositivas y no programáticas, rango constitucional a la participación ciudadana y la autonomía Municipal.-

Estas modificaciones substanciales que en el seno de la sociedad se han producido, hacen impostergable  la adecuación de la Constitución Provincial mediante su reforma.- 
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