Constitución y Legislación
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LA RELACIÓN COMUNIDAD Y ESTADO – REFORMA CONSTITUCIONAL por:
Dr.
Jorge Antonio Cuesta Fuertes presiones de cambio y adaptación hacen hoy necesario
reanalizar las instituciones políticas y en su caso, adecuarlas a nuevas
exigencias.- Los
problemas sociales deben alcanzar respuesta en sus dirigentes y solo
cumplirán su cometido aquellos que como espejo, reflejen en sus hechos
una respuesta posible a los requerimientos y necesidades de la población.- La
dinámica social imperante plantea fenómenos que se presentan para las
mayorías como impronta para las que no han pensado adaptación o adecuación.
Tales los temas vinculados a reformulación
del Estado, traslado de funciones
de la organización Estatal Nacional hacia las jurisdicciones provinciales ;
de éstas a las Municipales y paralelamente los de integración
y regionalización.- La
profundización del proceso democrático debe necesariamente ser base para
el acercamiento cada vez más creciente del ciudadano a los ámbitos de
poder y en consecuencia, sustento para las decisiones que interesan.- Esta
realidad política que consiste en el
desplazamiento directo o indirecto del poder institucional, plantea
una oportunidad potencial de excepción para hacer que se deriven
posiciones ventajosas hacia las entidades locales
-Municipios- y en
consecuencia, originar mejores condiciones de vida desde éstos núcleos
primarios de organización comunitaria.- El
proceso histórico de los Municipios Entrerrianos se generó en la
configuración de una organización de carácter casi privada para atender
asuntos
domésticos
en las primeras villas o poblados. No obstante,
se gestó en su seno la necesidad de integración, primero regional y
luego nacional.
Fue así ámbito de resolución de problemas
tanto locales o domésticos
como regionales.- En
la etapa de organización nacional y definida ésta, los gobiernos locales
se ven replegados hacia la problemática doméstica y solo esporádicamente
se visualizan como integrantes de una Provincia o del todo Nacional.- Hoy
la
redefinición del Estado Nacional
producida por la reforma Constitucional de 1994 ; las
políticas de integración,
así como el denominado orden económico de globalización, traen a cada
localidad nuevos problemas pero también nuevas perspectivas.- Las
perspectivas inmediatas y mediatas pueden ser analizadas desde lo
individual de cada localidad, pero nunca sin considerar el marco regional
y nacional.- Esto
es así en razón de que
los problemas de las comunidades primarias
- Municipios
- no solo obtienen solución en la propia comunidad, sino que en
grado cada vez más
creciente, requieren soluciones
que exceden su propio marco decisorio.- Esas
soluciones solo pueden buscarse en la integración
de las comunidades
en si mismas y estructurando un montaje eslabonado de gobiernos locales
capaces de buscar la resolución de los problemas que exceden cada uno. Se
llegará de ésta forma a la solución
asociada o
en su caso requiriendo
solución a la organización superior de la estructura estatal
- Provincia o Nación -. En
las últimas décadas, las circunstancias objetivas no muy lejanas de
aislamiento y localismo de los centros poblados, han desaparecido
abruptamente.- El
ciudadano actual ve incrementadas y diversificadas sus relaciones y
contactos con otras localidades, esto agudiza los conflictos y
peligrosamente puede hacer pensar en la salida individual o por el
contrario, unir en búsqueda de solución compartida a los problemas
comunes.- Este
panorama muestra un escenario diferente pero semejante en esencia al que
viviera nuestra historia en la etapa que va desde las luchas por la
independencia hasta la definición de la organización nacional.- En
toda institución pública o privada, la adaptación constituye un proceso
de supervivencia y bien aprovechado, debe resultar de superación.- La
reforma, diseño y propuesta de organización del Estado Provincial y
Municipal y sus relaciones con la comunidad, aparece hoy y desde la
reforma nacional más aún, como prioritaria e imprescindible para definir
el modelo político futuro.- Cualquier
propuesta en éste sentido debe contener el equilibrio buscado y expresar
al Estado
como el órgano de la sociedad en su conjunto.
A la comunidad como el cuerpo libre y activo que el Estado debe estimular
e interpretar.- Las
influencias, tanto externas como internas sectoriales, hacen indispensable
fortalecer la relación Estado-Comunidad que parece hemos perdido en las
últimas décadas.- Tenemos
un
Estado poco eficiente,
grande pero no
fuerte
y una Comunidad
conflictuada y propensa a su sectorización y fractura.- Estado,
etimológicamente refiere a una manera o forma de ser ¨más o menos
estable¨.- Estado,
políticamente indica por igual al conjunto de servicios ; a
la administración propiamente dicha y a la sociedad organizada con un
gobierno Predomina
hoy una marcada teoría antiestatal, razón por la que resulta necesario
tener presente la evolución que desde el Primer Gobierno Patrio se ha
dado sobre la relación Estado-Comunidad.- Hoy
la abolición o destrucción del Estado
-ideal del pensamiento individualista y anarquísta- ; en
forma atenuada y sin tomar éste planteo, se sustenta en forma
indirecta al sostener su existencia necesaria sobre una base
marcadamente peyorativa en la que aparece el Estado, al menos como ¨mal
necesario¨.- Se
desconoce de ésta forma la importancia de la Comunidad en la propuesta
del orden social y modo de vida deseado.- Desde
el origen mismo de la organización nacional se ha planteado el problema
de la debilidad o falta de poder efectivo de la Comunidad frente al
aplastante poder de las organizaciones superiores del Estado que
monopolizan las decisiones trascendentes para la sociedad.- En
nuestro país, la lucha de los caudillos contra el poder central no es
otra cosa que el intento de las
pequeñas comunidades por fortalecer una red de vínculos que les
permitiera afirmarse y lograr el modelo de organización deseado por
aquellas mayorías.- Organizado
el Estado Nacional en forma distinta, los polos o ejes de articulación
política contra el modelo triunfante se vuelven a expresar con
Irigoyen y Perón,
enfrentando el monopolio del poder al servicio de algún sector dominante
y no de la comunidad total.- Hoy,
aún en el plano supranacional, los
grupos de poder han desvanecido el poder estatal
y limitan el accionar de éste a la producción de las políticas que
ellos diseñan.- Sustituyen
así la autoridad de la organización Estatal,
aún cuando conservan la estructura como indispensable para el
mantenimiento del orden institucional y social.- Es
éste el esquema ideológico que plantea
al Estado con reservas operativas,
limitando su accionar a los problemas de salud, educación y seguridad,
omitiendo deliberadamente la función de igual rango que el Estado
moderno de asumir como es el problema social
derivado del trabajo, empleo y distribución de la riqueza que la sociedad
toda produce.- En
suma, los grupos
de poder
no aparecen como rivales del poder legal, sino que se han convertido en
sus sustituyentes reales.- Así,
según las comunidades
sean débiles o fuertes, actúan los grupos de poder.- En
el primer caso, -comunidades
débiles-
los grupos transforman a los aparatos privados en verdaderos señoríos
feudales (las decisiones les
pertenecen y lo social se subordina a lo individual o sectorial) ; se
apropian o redistribuyen entre ellos el
¨poder¨ otrora unificado en el Estado.- Si
la situación es la segunda -comunidades fuertes-
, en países como el nuestro actúan penetrando los anticuerpos de
los actores sociales -partidos
políticos- , cercenando sus
incumbencias o funciones estatales de poder.- Así,
crean poderes compensadores que ante la relativa autonomía del Estado,
permiten descompensar el poder de la comunidad, conflictuando
la relación comunidad-partidos
políticos.- En
esencia, la relación
representante-representado se reciente y en ocasiones
quiebra.- Esta
realidad plantea una doble necesidad ; por un lado ayudar al
sinceramiento y la efectividad de la acción política y por otro abrir en
forma efectiva los canales de participación de la comunidad, ambas desde
la norma constitucional.- El
cumplimiento estricto de la propuesta política y la presencia permanente
y directa de la comunidad en las decisiones trascendentes, permitirán que
el cuerpo social en su conjunto, diseñe y haga efectivos sus objetivos
superiores, compensando con su fuerza
la de los sectores de poder.- Debe
en consecuencia cualquier propuesta de reforma de la organización de
Estado Provincial tanto como Municipal, poner
especial consideración en las propuestas de efectivo cumplimiento del
mandato político,
determinando sanciones para su incumplimiento, pero también protegiendo
el accionar político de sus representantes creando formas operativas
-no programáticas- de
participación directa o semidirecta de la comunidad.- En
la reforma que se proponga sobre el Estado Provincial y Municipal, cabe
partir de considerar que los Municipios
no son residuos territoriales o funcionales,
por le contrario, son
autónomos por naturaleza política
en tanto instituciones naturales con base en la participación ciudadana y
estandarte histórico de la descentralización política y
administrativa del Estado global.- Las
nuevas Constituciones Provinciales, salvo excepciones minoritarias, han
admitido la autonomía Municipal.- Eligen
los Municipios sus
propias autoridades ;
dictan -en su mayoría los más grandes- sus propias
orgánicas
(verdaderas Constituciones locales de 3er. Grado) y tienen, en razón
de que no hay poder sin recursos,
claramente formuladas sus potestades tributarias específicas.- Debe
el Municipio dotado de éstas cualidades, servir para sostener el sistema
democrático participativo y produciendo la integración real, ayudar al
desarrollo social y económico local y regional.- Para
fortalecer el sistema democrático deberá en consecuencia incentivarse
la participación
y para ayudar al crecimiento social,
evitar la insularización, propiciando la integración
en todas sus formas y ámbitos (barrio
- ciudad - zona - región
- nación).- El
poder de los sectores dominantes intenta en forma permanente operar y
concentrarse en la estructura superior
-Estado Nacional- y
desde ella generalmente no ha propiciado, sino mas bien dificultado el
desenvolvimiento de la comunidad y su desarrollo político.- La
base del sistema democrático
debe hoy buscar sustento no solo en el sistema representativo,
sino también y con mayor efectividad, en la necesidad de profundizar
la relación directa entre ciudadanos iguales para autogobernarse
(esencia democrática) con
la menor intervención de estructuras que generalmente obstan al ejercicio
efectivo de la relación.- Por
último, debe en éste caso también facilitarse desde la norma
Constitucional la efectiva integración de las comunidades
¨en si mismas¨ y de
ellas ¨entre sí¨.- Despreocupación
por la cosa pública.- El
bajo nivel de la actuación política ; partidaria, sindical o social
de cualquier tipo, es muestra de que la cultura del momento tiende a
potenciar el individualismo en desmedro del interés común o superior.- No
obstante, los intereses superiores que los problemas comunes mueven, hacen
pensar en una base potencial apreciable para sostener ámbitos de
participación y ayudar de ésta forma a su crecimiento apoyándose en la
concreción de hechos objetivos.- No
se puede permitir que alguien aproveche la cultura aparentemente
predominante. Por el contrario, se debe dificultar su crecimiento,
favoreciendo la organización ciudadana que no puede verse como adversa de
la administración, sino como su soporte y herramienta más idónea.- Si
la participación se reduce solo al voto, los ciudadanos pasan a ser meros
espectadores -en el peor de
los casos indiferentes- , profundizando el desencanto e insatisfación.- Comunidad
- Participación
- Integración.- No
es suficiente el ejercicio democrático únicamente canalizado en la
representación, sino que además es indispensable un ejercicio democrático
participativo de la comunidad, única forma de hacer posible una sociedad
solidaria que ponga valla y evite los peligros de un casi feudalismo
accionado por los señoríos económicos.- Si
los medios de participación no son efectivos, se llega a igual
resultado.- Pero,
para que exista participación, deben darse dos condiciones : 1.-
Decisión política democrática.
Es decir, si se llega a pensar que se tiene más poder político
organizando mejor y no si se decide más, habremos logrado la decisión de
transformar la sociedad articulando un nuevo sistema de relaciones
operativas en el ejercicio del poder, intentando el desarrollo de una
estructura sociopolítica con la máxima base de sustentación y
profundizando la relación entre ciudadanos iguales.- 2.-
La existencia de una organización ciudadana articulada
-Comunidad-
que canalice sus inquietudes y requerimientos tanto como su
actividad (participación
tanto en la decisión de políticas como en su ejecución).- Puede
entenderse a la comunidad
como el conjunto de relaciones que cohesionadas forman organizaciones
sociales distintas al Estado, organizaciones que en ocasiones actúan en
forma independiente, en otras colaboran con el Estado y en otras pueden
enfrentar posiciones con él.- Sus
mecanismos de formación se dan cuando los ciudadanos, configurando
un bloque de poder alternativo se unen sobre la base de idénticos
propósitos desde diferentes sectores, superando en función de la unidad,
las posiciones encontradas que naturalmente emergen de los intereses
particulares o sectoriales.- Muchas
veces las personas se definirán en términos de una combinación de
diversas pertenencias sociales (su familia, su gremio, su barrio, su
sector económico, etc.).- Debe
estructurarse desde la norma Constitucional un orden jurídico básico que
permita consolidar la participación ciudadana en el ejercicio del poder
democrático, decidiendo
y siendo parte en la ejecución de las decisiones.- Los
intereses sociales comunes y superiores, tanto en el Municipio como en la
Provincia o la Nación, tendrán así el poder suficiente para su concreción,
alcanzarán su propia organización, se integrarán y eludirán de ésta
forma el peligro del individualismo deshumanizado.- El
camino parece estar en la integración.- Integrarse
significa que cada uno de los argentinos sienta la comunidad como propia, viviendo
en la libre convicción de que no hay diferencia entre nuestros principios
individuales superiores y los del grupo o del conjunto.- El
carácter de organizada
alude precisamente al equilibrio entre el individuo y la comunidad.
Esta armonía que se logra en
base a los más altos intereses del espíritu humano, justifica y da
existencia a la comunidad.- Debe
buscarse en consecuencia, un factor aglutinante que permita la
organización y ese factor, fuerza poderosa de cohesión, debe ser la solidaridad
social expresada
tras
los objetivos comunes de justicia social,
entendida ésta como fuente de conciliación entre lo económico y lo
social.- Para
que una comunidad esté organizada, debe en primer término integrarse y la
integración solo es posible en todos los órdenes. Solo la integración
política tras objetivos comunes,
dará seguridad a la integración en las metas sociales, económicas,
científico tecnológicas y ambientales.- Debemos
propiciar la unión desde la vecindad geográfica
en la ciudad y desde ella hacia la provincia, la nación, la región, el
continente.- No
se
puede aspirar al solo
equilibrio económico,
ni exclusivamente
social,
ni excluyentemente
político.
Se deben armonizar los valores materiales con los valores espirituales
y los derechos del individuo con los de la sociedad.- Solo
la integración así entendida permitirá mantener una real identidad
y autonomía,
decidiendo a que se renuncia, que se admite, que se resigna
y también que se sostiene y defiende en aras del interés común.- Desde
la más pequeña comunidad hasta en las más grandes, solo el objetivo común
sentado en la absoluta reciprocidad y unidad de propósitos permitirá la
defensa de los intereses también comunes.- En
consecuencia, en forma prioritaria debe reconocerse
a las comunidades desde la norma Constitucional
-norma de mayor jerarquía- la
capacidad de auto organizarse sobre la base de asegurar, además de la
forma representativa, republicana y federal la participación orgánica,
funcional y coadyuvante de la ciudadanía
como considere más conveniente para arraigar en si misma el conocimiento,
manejo e injerencia en los intereses públicos.- En
la organización Municipal actual, mostrando ésta necesidad aparecen por
un lado y como centros de articulación territorial de participación,
las asociaciones de vecinos que tienen sustento básico en su carácter
reivindicativo al que debe dotarse de funciones consultivas,
decisorias y ejecutivas que
hagan efectiva también la descentralización administrativa.- Por
otro lado y como articulación política, aparecen hoy con rango
constitucional (Constitución Nacional y Constituciones Provinciales
reformadas), figuras político-institucionales como el referéndum,
el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa, etc.,
todos institutos que cada comunidad deberá ponderar y en su caso admitir
como útil a su realidad.- Concluyendo,
cualquier propuesta de adecuación sobre el Estado Provincial y Municipal,
debe contener los principios enunciados de democracia moderna,dando de ésta
forma y mediante normas dispositivas y no programáticas, rango
constitucional a la participación ciudadana y la autonomía Municipal.- Estas modificaciones substanciales que en el seno de la sociedad se han producido, hacen impostergable la adecuación de la Constitución Provincial mediante su reforma.-
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