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 " Sistema Educativo Entrerriano
    de Sistema Educativo ( y Legislación) en Entre Ríos  
de la Región Centro de la Argentina

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O01

Título Completo del Documento  

   Organización y Legislación del Sistema Educativo Entrerriano

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Organización y Legislación  en el Sistema Educativo Entrerriano

1 - Antecedentes: Ley Federal de Educación 24195

Rige a partir del 14 de abril de 1993.

·        Es la primera Ley general de Educación que tiene el país

Porque: -     La Ley 1420 regía sólo la Educación primaria

-       El resto del sistema dependía de resoluciones, normas y decretos

·        Es una Ley Orgánica:

                                   Porque:           -    Articula todos los niveles del sistema educativo

-     Abarca todos los regímenes especiales del sistema educativo

-      Legisla acerca del gobierno y la administración de la Educación

·        Es una Ley Democrática:

                                    Porque:           -   Tiene en cuenta las conclusiones del Congreso  
                                                               
Pedagógico Nacional

 -     Se sancionó con el consenso de la mayoría en la Cámara de Diputados  y de todos los partidos políticos en el Senado

                                                            -    Democratiza el gobierno de la educación

2 - Niveles

Conforme a la Ley Federal de Educación, EL SISTEMA EDUCATIVO

 DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS está organizado de la siguiente manera

 

NIVELES A CARGO DE CARACTERÍSTICAS FUNCIONES ESTRUCTURA y DURACIÓN EDAD
EDUCACIÓN INICIAL DIRECCIÓN
DE EDUCACIÓN INICIAL
Enriquece la socialización de  los niños.  

Permite acceder tempranamente a los conocimientos.

Favorece el rendimiento de los niños en los primeros años de
la E.G.B

Ampliar el proceso educativo familiar  

preparar para el primer ciclo de E.G.B  

preparar para el aprendizaje de la lecto – escritura

Jardines de Infantes  
de 3 años   3  AÑOS  
de 4 años 4  AÑOS  
de 5 años
Obligatorio

5  AÑOS

EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

(E.G.B.)

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA 
(PARA E.G.B. 1 Y 2) – 

DIRECCIÓN DE INTERMEDIA

(PARA E.G.B. 3)

Es una de las importantes innovaciones que introduce la Ley, en cuanto MODIFICA EL SISTEMA EDUCATIVO

Favorece la integración de los aprendizajes, al agrupar tres años en un ciclo

Se cumple entre los 6 y los 14 años.

Asegura para todos la educación imprescindible

Responde a las necesidades sociales e individuales en varios campos

Proporciona, mediante sus contenidos,  una formación básica y común

Apunta a objetivos específicos de la escolaridad obligatoria

Prepara para futuras especializaciones  (Nivel Polimodal)

Prepara para el ingreso al mundo del trabajo

Tres ciclos, cada uno de 3 años de duración.

 

 
1er Ciclo
(EGB 1)  3 años
6 ,7,8 años
2do Ciclo: 
(EGB 2)  3  años
9,10,11 años
3er Ciclo:  
(EGB 3)  3 años
12,13,14 años
EDUCACIÓN POLIMODAL DIRECCIÓN 
DE POLIMODAL
ofrece una atractiva variedad de orientaciones

parte de un tronco común de formación general

vincula con el mundo laboral, mediante la conexión con empresas e instituciones

otorga títulos con salida laboral

prepara para estudios superiores

VARIABLE

conforme a las especialidades  

 

de 15 años en adelante

 

EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR TERCIARIA:

Institutos de Formación docente  

Institutos técnicos

UNIVERSITARIA

es la instancia inicial en la preparación para el ejercicio profesional

otorga el título de grado

permite el acceso a la educación cuaternaria

Variable  
REGÍMENES ESPECIALES Una DIRECCIÓN por cada una de las especialidades EDUCACIÓN ESPECIAL

EDUCACIÓN DE ADULTOS

EDUCACIÓN ARTÍSTICA

EDUCACIÓN NO FORMAL

  Variable  
CUATERNARIA RED FEDERAL DE FORMACIÓN DOCENTE CAPACITACIÓN  EN SERVICIO      
  A CARGO 
DE CADA UNA
DE LAS INSTITUCIONES
POSGRADOS

MAESTRÍAS

DOCTORADOS

     
           

3 - Gobierno y Administración de la Educación     

La LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN  establece  un funcionamiento descentralizado del Sistema Educativo_

Esto significa que el gobierno y la administración de la educación es una tarea compartida entre:

 

INSTITUCIÓN FUNCIONES
Ministerio de Cultura y Educación de la Nación

·        adopta un nuevo rol

·        se encuadra en lo establecido en la Ley    24.195

·         asume las funciones constitucionales de:

-       fijar la política educativa   nacional

-       garantizar su cumplimiento

·         representa el primer nivel de elaboración del    Currículo, mediante el aporte de

-          especialistas

-          organizaciones intermedias

-          equipos técnicos

-          consulta a la comunidad

 Consejo Federal de Cultura y Educación

·        es el ámbito de los consensos

·       genera acuerdos entre la Nación, las Provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires

·       acuerda, en el marco federal, los  CONTENIDOS BÁSICOS COMUNES (C.B.C.) para todos los niveles del Sistema Educativo.

·       Define orientaciones con respecto a la reelaboración jurisdiccional

Ministerios 

Provinciales

y de la ciudad de 

Buenos Aires

( En Entre Ríos:
CONSEJO GENERAL
DE EDUCACIÓN  [*]
)

 

·       asumen la gestión directa de la prestación de los servicios educativos

·       organizan un Sistema Educativo Descentralizado, pero a la vez integrado con el resto del país, garantizando la unidad nacional y el respeto a las autonomías provinciales

·       reelaboran los C.B.C. en Diseños Curriculares Provinciales en función de articular la visión global del nivel nacional con los aportes propios

·       tienen la responsabilidad de todos los niveles y modalidades – menos el universitario

·       Además de las “DIRECCIONES” que integran el cuadro del punto 2 , que administran cada uno de los niveles educativos, existe en la provincia  la Dirección de Enseñanza de Gestión Privada, la cual es responsable de todos los establecimientos educativos, que como su nombre lo indica surgieron y son gestionados por iniciativas privadas. Éstos pueden ser de cualquiera de los niveles educativos

      Existen además en la Provincia de Entre Ríos:

 la Dirección de Planeamiento

la Dirección de Estadística y Censo

Las unidades escolares

·       resaltan la riqueza cultural de su comunidad

·       incorporan la particularidades locales

·       diagnostican sus propias necesidades

·       elaboran un Proyecto Educativo Institucional, a partir de lo acordado a nivel nacional, pero  en función del contexto en el cual se hallan insertas

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Constitución de la Provincia de Entre Ríos
[
*] 206. - La organización y dirección técnica y administrativa de la enseñanza común, será confiada a un Consejo General de Educación autónomo en sus funciones, compuesto de un Director General de Escuelas, que ejercerá su presidencia y de cuatro vocales, nombrados, uno y otros por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado, por un período de cuatro años.

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F02

Título Completo del Documento  

  Formación docente y Evaluación del Sistema Educativo

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Formación docente y Evaluación del Sistema Educativo 

1 - FORMACIÓN CONTINUA PARA LOS DOCENTES

La Ley Federal de Educación establece que el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación deberá

“promover y organizar concertadamente en el ámbito del Consejo Federal de Cultura y Educación, una red de formación, perfeccionamiento y actualización del personal docente y no docente del sistema educativo nacional”  ( Art. 53, inc.g)

·        ¿Qué es una RED?

Una red es un sistema que :

-         asegura la circulación de la información

-         ofrece un marco organizativo

-         permite articular e integrar acciones de formación docente

·        La FORMACIÓN DOCENTE  incluye cuatro instancias:

-         Formación de grado:

 -     instancia inicial de preparación para el ejercicio profesional

-        prepara para distintos niveles y modalidades del sistema educativo

-        termina con el título que habilita para enseñar

-         El perfeccionamiento docente en actividad:

-       es un derecho y un deber del docente

-       jerarquiza la profesión

-       mejora la calidad de la educación que se ofrece

-      permite una revisión crítica de los problemas que presentan las prácticas pedagógicas

-         fortalece la posibilidad de atender nuevas demandas sociales e institucionales

-         La capacitación de graduados docentes:

-         facilita el ingreso a nuevos roles  y funciones profesionales

-         es acorde a lo establecido en la Ley Federal de Educación

-         La capacitación pedagógica de graduados universitarios no docentes

-         permite el ingreso a la docencia de quienes no tengan el correspondiente título

 

·        ¿Quiénes integran la RED FEDERAL DE FORMACIÓN DOCENTE?

-         Instituciones públicas y privadas  especializadas en Formación docente

-         Otras organizaciones que puedan dar aportes significativos

-         Cada gobierno provincial designa una cabecera jurisdiccional

-         Todas ellas responden a una cabecera nacional

 

2 - EVALUACIÓN PERMANENTE DEL SISTEMA EDUCATIVO

La calidad de los aprendizajes es una preocupación permanente de los educadores.

·        ¿Qué se entiende por CALIDAD?

Se entiende por CALIDAD  la adecuación de la enseñanza a:

-         las necesidades de la sociedad

-         las políticas educativas acordadas en cada provincia

·        ¿Por qué se evalúa?

Se evalúa permanentemente para poder:

- determinar cuáles  son las prioridades

                      -  adoptar las medidas que posibiliten mejorar

·        ¿ Qué se evalúa?

Se evalúa permanentemente:

-    el funcionamiento de todo el sistema educativo nacional

-      la calidad de la formación docente

·        ¿ Quiénes evalúan?

Evalúa:

                     -     el Ministerio de cultura y Educación de la Nación

        -     las autoridades educativas de las provincias ( art. 48 y 50 de la Ley Federal de Educación)

·        ¿Cómo se evalúa?

Se evalúa  mediante un sistema nacional de evaluación    

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